Nuria Orellana toma hoy posesión como académica de número de la Real Academia San Dionisio de Jerez
Academia Hoy
La magistrada de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo pronunciará su discurso de ingreso 'El régimen jurídico de la exoneración del pasivo insatisfecho y su aplicación judicial'
La jerezana Nuria Orellana, nueva magistrada del Tribunal Supremo

La Real Academia de San Dionisio, de Ciencias, Artes y Letras celebra la clausura del curso académico 2024-2025 este martes 17 de junio y lo hace con la toma de posesión como académica de número de Nuria Orellana Cano. El salón de sesiones servirá de escenario para su discurso de ingreso, 'El régimen jurídico de la exoneración del pasivo insatisfecho y su aplicación judicial'. La contestación al discurso de ingreso estará a cargo de Ana María Orellana Cano, académica de número de la corporación.
Nuria Auxiliadora Orellana Cano, nacida en Jerez de la Frontera, cursó los estudios de la Licenciatura en Derecho en la Facultad de Jerez de la Frontera, habiéndole sido concedido el Premio Extraordinario de Licenciatura en Derecho de la Universidad de Cádiz. Aprobó la oposición de Judicatura por el turno libre. Sus primeros destinos fueron en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Sanlúcar de Barrameda y número 2 de El Puerto de Santa María.
En 2004 aprobó la oposición de Magistrados especialistas de lo Mercantil, perteneciendo a la primera promoción. Fue la primera titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz, donde ejerció además como magistrada decana.
En 2013 obtuvo plaza de magistrada especialista en la sección sexta de la Audiencia Provincial de Málaga, especializada en Derecho de Familia y Mercantil. En diciembre de 2019 obtuvo plaza como titular en la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Cádiz.
El pasado 3 de junio de 2025 fue designada magistrada de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.
La magistrada jerezana ha sido miembro de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla de 2004 a 2014, profesora de la Universidad de Cádiz de 1995 a 2005 y es autora de más de 140 publicaciones jurídicas.
Ha intervenido como ponente en numerosos cursos organizados por el Consejo General del Poder Judicial, Colegios de Abogados, de Graduados Sociales y de Economistas de toda España, así como en universidades y otras instituciones. Fue designada vocal de la Sección Especial para la Reforma Concursal de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia en 2009.
Es académica correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España, por nombramiento en junta de gobierno de 24 de febrero de 2020. Es vocal y secretaria de su Sección Quinta de Derecho Mercantil. Es miembro del consejo de redacción de 'La Ley Insolvencia', revista profesional de Derecho Concursal y Paraconcursal.
Ha sido presidenta de la Subsección Territorial de Andalucía Occidental de la Asociación Profesional de la Magistratura desde 2007 a 2013, y miembro de su Comité Ejecutivo Nacional de 2007 a 2011.
Le fue concedida la Cruz de Honor de la Orden de San Raimundo de Peñafort por Orden del Ministerio de Justicia de 6 de diciembre de 2010 y ha sido designada miembro del Jurado del Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria, cuya entrega está prevista para el 26 de junio de 2025.
En el discurso de ingreso se va a exponer la regulación legal de la conocida como 'segunda oportunidad', que se introdujo en la legislación concursal por la Ley 16/2022, que transpuso la Directiva de 2019/1023, que permite a los deudores personas físicas insolventes, tras un procedimiento concursal, siempre que sean de buena fe y reúnan los requisitos legales, exonerar parte de sus deudas. Se trata de una institución de gran trascendencia, pues la recuperación del concursado para la vida económica, tras el fracaso que el concurso supone, permite al deudor volver a emprender reincorporándose con éxito a la actividad productiva.
Se analizarán, en particular, el ámbito subjetivo, qué se entiende por deudor de buena fe, qué créditos se exoneran, las dos modalidades de exoneración, mediante liquidación de patrimonio y mediante un plan de pagos, la posibilidad de excluir la vivienda habitual de la liquidación, los efectos de la exoneración y su revocación. Asimismo, se señalarán las cuestiones controvertidas que este régimen jurídico está suscitando, a la luz de las resoluciones judiciales que se están dictado, tales como, la exoneración del crédito público y la excepción a la exoneración por el comportamiento temerario o negligente al tiempo de contraer el endeudamiento o de evacuar las obligaciones.
El acto tendrá lugar en la sede de la Academia (Consistorio, 13) a las 19:30 horas con acceso libre hasta completar aforo.
También te puede interesar